Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
By BUDY In Sin categoría On 13 marzo, 2016
Artículo 24 “Educación” 1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida…
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